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Apoyos para estudios de posgrado de alta calidad

El objetivo principal del Programa para el Desarrollo Profesional Docente, para el tipo Superior, es profesionalizar a los/las profesores/as de tiempo completo para que alcancen las capacidades de investigación-docencia, desarrollo tecnológico e innovación y, con responsabilidad social, se articulen y consoliden en cuerpos académicos y con ello generen una nueva comunidad académica capaz de transformar su entorno. Para alcanzar este objetivo la Secretaría de Educación Pública (SEP), a través de la Subsecretaría de Educación Superior (SES), ha emprendido en el marco del Programa varias acciones enfocadas a promover a que se integren los/as profesores/as de tiempo completo en Cuerpos Académicos (CA) y con ello sustentar la formación de profesionales de buena calidad, responsables y competitivos.

 

La SEP, a través de la SES, convoca a las Instituciones Públicas de Educación Superior (IPES) participantes del Programa a presentar solicitudes de apoyos para estudios de posgrado de alta calidad con el propósito de que los/as profesores/as adquirieran la habilitación deseable y necesaria para el buen desempeño de sus funciones académicas, conforme a las siguientes:

 

BASES

I. CARACTERÍSTICAS DE LOS/AS PROFESORES/AS

En las Universidades Públicas Estatales, de Apoyo Solidario y Federales

Los/as profesores/as de tiempo completo que hayan sido contratados/as antes del 31 de diciembre de 1996 podrán optar por un apoyo para realizar estudios de maestría o de doctorado. Los/as profesores/as contratados/as con el nombramiento de tiempo completo, preferentemente, que aún no cuenten con el grado de doctorado, y que lleven al menos un año laborando en su plaza actual con el grado de maestría podrán optar por un apoyo de doctorado.

 

En las Universidades Tecnológicas.

Los/as profesores/as de tiempo completo, preferentemente, sólo podrán solicitar apoyo para realizar estudios de especialidad tecnológica o maestría en áreas disciplinares que se impartan en la institución (excepcionalmente se podrán dar apoyos para estudios doctorales ya que éstos estarán sujetos al grado de desarrollo de sus Líneas Innovadoras de Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico y a los planes de trabajo de los cuerpos académicos constituidos a los/as profesores/as interesados/as que lleven al menos cinco años laborando en su plaza actual con el grado de maestría) y haber sido contratados/as antes del 31 de diciembre de 2005 con excepción de las universidades tecnológicas creadas con fecha posterior a ésta, en cuyo caso se verá de manera particular.

 

En las Universidades Politécnicas.

Los/as profesores/as de tiempo completo, preferentemente, podrán solicitar apoyo para realizar estudios de doctorado y deberán haber sido contratados/as con grado de maestría antes del 31 de diciembre de 2005 o bien aquellos que lleven al menos un año laborando en su plaza actual con el grado de maestría con excepción de las Universidades Politécnicas creadas con fecha posterior a ésta, en cuyo caso se verá de manera particular.

 

En los Institutos Tecnológicos.

Los/as profesores/as de tiempo completo que hayan sido contratados/as antes del 31 de diciembre de 2004 podrán optar por un apoyo para realizar estudios de maestría o de doctorado. Los/as profesores/as contratados/as con el nombramiento de tiempo completo, preferentemente, que aún no cuenten con el grado de doctorado, y que lleven al menos un año laborando en su plaza actual con el grado de maestría podrán optar por un apoyo de doctorado.

 

En las Escuelas Normales Públicas.

Los/as profesores/as de tiempo completo, preferentemente, que hayan sido contratados antes del 1 de enero de 2005 con licenciatura, sólo podrán solicitar apoyo para realizar estudios de maestría y doctorado en educación (excepcionalmente se darán apoyos para estudios en otras disciplinas, lo que estará sujeto al grado de desarrollo de sus Líneas de Generación y Aplicación del Conocimiento). Los profesores con nombramiento de tiempo completo, que aún no cuenten con el grado de doctor, y que lleven al menos un año laborando en su plaza actual con el grado de maestría podrán optar por un apoyo de doctorado.

 

En las Universidades Interculturales.

Los/as profesores/as de tiempo completo que hayan sido contratados/as antes del 31 de diciembre de 2008 podrán optar por un apoyo para realizar estudios de maestría o de doctorado. Los/as profesores/as contratados/as con el nombramiento de tiempo completo, preferentemente, que aún no cuenten con el grado de doctorado, y que lleven al menos un año laborando en su plaza actual con el grado de maestría podrán optar por un apoyo de doctorado.

 

II. SOBRE LOS APOYOS

II.1. Los apoyos de posgrado se otorgan en las siguientes modalidades:

  1. Doctorados y maestrías convencionales.

  2. Programas con estancia reducida de doctorado o maestría.

  3. Apoyos para redacción de tesis de doctorado o de maestría.

  4. Especialidades médicas con orientación clínica en el área de la salud.

  5. Especialidades tecnológicas (Únicamente Universidades Tecnológicas)

 

II.2. Los conceptos, montos y periodo de cada modalidad de apoyo se detallan en la normativa del Programa disponible en la página electrónica http://www.dgesu.ses.sep.gob.mx/PRODEP.Htm. El Programa no está en posibilidades de apoyar conceptos fuera de los que se detallan en la normativa vigente.

 

III. PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD Y EVALUACIÓN

III.1. Los términos de la presente convocatoria se basan en las Reglas de Operación vigentes publicadas en el Diario Oficial de la Federación y en los Lineamientos del Programa.

III.2. Los formatos de solicitud para participar en ésta y en todas las convocatorias de carácter individual emitidas por Programa se encuentran disponibles en las páginas https://promepca.sep.gob.mx/solicitudesv3 y https://promep.sep.gob.mx/solicitudesv3. El/la candidato/a deberá llenar su solicitud en formato electrónico. Excepcionalmente, el Programa apoyará la implementación y/o desarrollo de programas de posgrado especiales.

III.3. La fecha de apertura para el llenado de las solicitudes en línea será el 1 de febrero de 2020, mientras que la fecha de cierre del sistema será el 3 de marzo del presente.

III.4. La IPES por conducto del RIP y de acuerdo al calendario de recepción de solicitudes, entregarán en las oficinas de Programa el oficio de presentación de las solicitudes y una relación de éstas acompañadas de los documentos que se mencionan en la normativa vigente.

III.5. El otorgamiento de los apoyos estará en función del presupuesto aprobado.

III.6. El Programa informará a las instituciones sobre los dictámenes a las solicitudes 90 días naturales después del cierre de la semana de recepción correspondiente. En caso de rechazo se indicarán las razones.

III.7. En caso de que se presenten impugnaciones a las notificaciones señaladas en el punto anterior, éstas deberán presentarse a la DSA dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de notificación de los resultados a la institución y se atenderán conforme a lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo para dicho recurso y conforme al diagrama establecido en las Reglas de Operación vigentes.

III.8. Los aspectos no contemplados en esta convocatoria serán resueltos por el Programa de conformidad con lo estipulado en la normativa vigente.

 

Esta Convocatoria entrará en vigor al día siguiente de la publicación de las RO en el DOF.

Nota: para la convocatoria 2020 (Solo aplica para las IES adscritas a la DGESU) se otorgarán apoyos para estudios de posgrado en su modalidad para la redacción de tesis en función de la disponibilidad presupuestaria, otras modalidades solo si la institución cuenta con recursos en su fideicomiso o cuenta específica, para los demás subsistemas de educación superior quedará a resolución en base a la disponibilidad presupuestaria.

 

"Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".