Apoyo a Profesores/as de Tiempo Completo con Perfil Deseable

El objetivo principal del Programa para el Desarrollo Profesional Docente, para el tipo Superior, es profesionalizar a los/as profesores/as de tiempo completo para que alcancen las capacidades de investigación-docencia, desarrollo tecnológico e innovación y, con responsabilidad social, se articulen y consoliden en cuerpos académicos y con ello generen una nueva comunidad académica capaz de transformar su entorno. Para alcanzar este objetivo la SEP, a través de la SES ha emprendido en el marco del Programa varias acciones enfocadas a promover que los/as profesores/as de tiempo completo se integren en CA y con ello sustentar la formación de profesionales de buena calidad, responsables y competitivos.

La SEP, a través de la SES, con la finalidad de dotar a los/las profesores/as con perfil deseable de implementos básicos para el trabajo académico, convoca a las IPES que participan en el Programa a presentar solicitudes de apoyo conforme a las siguientes:

 

BASES

I. CARACTERÍSTICAS DE LOS/LAS PROFESORES/AS

Podrán participar en esta convocatoria los/las profesores/as:

  1. Que hayan recibido el "Reconocimiento a profesores de tiempo completo con perfil deseable" durante la convocatoria del año anterior.

  2. Cuyo reconocimiento se encuentre vigente y no hayan recibido el apoyo con anterioridad, siempre que no se encuentre vigente otro apoyo derivado de alguna de las convocatorias individuales.

II. SOBRE LOS APOYOS

Los conceptos y montos de los implementos básicos para el trabajo académico de cada tipo de profesorado se detallan en la normativa disponible en http://www.dgesu.ses.sep.gob.mx/PRODEP.htm. El Programa no está en posibilidades de apoyar conceptos fuera de los que se indican en la normativa vigente.

 

III. SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE LAS SOLICITUDES Y SU EVALUACIÓN

III.1. Los términos de esta convocatoria se basan en la normativa vigente.

III.2. Los formatos de solicitud para participar en ésta y en todas las convocatorias emitidas por Programa se encuentran en https://promepca.sep.gob.mx/solicitudesv3 y https://promep.sep.gob.mx/solicitudesv3deberán llenarse en línea y no habrá ningún otro medio para participar.

llI.3. La fecha de apertura para el llenado de las solicitudes será el 1 de febrero y la de cierre el 3 de marzo de 2020.

III.4. Siendo un sistema electrónico no hay posibilidad alguna de recibir información adicional a la registrada en el sistema o solicitudes extemporáneas.

III.5. Es responsabilidad de las instituciones integrar y conservar el expediente de los/as profesores/as solicitantes, el cual deberá contener los comprobantes fehacientes de cada una de las actividades registradas y que sustentan la solicitud.

III.6. La IPES, por conducto del RIP y de acuerdo al calendario de recepción de solicitudes, entregará en las oficinas del Programa la siguiente documentación:

Oficio de presentación de las solicitudes y una relación de éstas en orden alfabético.

Las fichas de recepción que emite el sistema, debidamente firmadas por el profesor/a solicitante y por el RIP (original).

La demás documentación que se especifica en la normativa.

III.7. La evaluación y selección de los/as beneficiarios/as se hará con el apoyo de comités de pares, de las áreas del conocimiento de los concursantes, convocados para tal efecto por la SES. Los/as expertos/as integrantes de los comités de pares serán seleccionados/as preferentemente entre los académicos de alto nivel y con probada experiencia en evaluación del SNI, de la Secretaría de Cultura y del CONACYT.

III.8. El Programa informará a las instituciones sobre los dictámenes de las solicitudes 90 días naturales después del cierre de la semana de recepción correspondiente. Cuando el dictamen resulte aprobado, el Programa otorgará el apoyo a los/as profesores/as con perfil deseable considerando la disponibilidad presupuestaria.

III.9. En caso de que se presenten impugnaciones a las notificaciones señaladas en el punto anterior, éstas deberán presentarse a la DSA dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de notificación de los resultados a la institución y se atenderán conforme a lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo para dicho recurso y conforme a lo establecido en la normativa vigente.

III.10. Los aspectos no contemplados en esta Convocatoria serán resueltos por el Programa de conformidad con lo estipulado en la normativa vigente.

Esta Convocatoria entrará en vigor al día siguiente de la publicación de las RO en el DOF.

"Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".