Apoyos para estudios de posgrado de alta calidad

El objetivo principal del Programa para el Desarrollo Profesional Docente, para el tipo Superior, es profesionalizar a los/las profesores/as de tiempo completo para que alcancen las capacidades de investigación-docencia, desarrollo tecnológico e innovación y, con responsabilidad social, se articulen y consoliden en cuerpos académicos y con ello generen una nueva comunidad académica capaz de transformar su entorno. Para alcanzar este objetivo la Secretaría de Educación Pública (SEP), a través de la Subsecretaría de Educación Superior (SES), ha emprendido en el marco del Programa varias acciones enfocadas a promover a que se integren los/as profesores/as de tiempo completo en Cuerpos Académicos (CA) y con ello sustentar la formación de profesionales de buena calidad, responsables y competitivos.

 

La SEP, a través de la SES, convoca a las Instituciones Públicas de Educación Superior (IPES) participantes del Programa a presentar solicitudes de apoyos para estudios de posgrado de alta calidad con el propósito de que los/as profesores/as adquirieran la habilitación deseable y necesaria para el buen desempeño de sus funciones académicas, conforme a las siguientes:

 

BASES

I. CARACTERÍSTICAS DE LOS/AS PROFESORES/AS

En las Universidades Públicas Estatales, de Apoyo Solidario y Federales

Los/as profesores/as de tiempo completo que hayan sido contratados/as antes del 31 de diciembre de 1996 podrán optar por un apoyo para realizar estudios de maestría o de doctorado. Los/as profesores/as contratados/as con el nombramiento de tiempo completo, preferentemente, que aún no cuenten con el grado de doctorado, y que lleven al menos un año laborando en su plaza actual con el grado de maestría podrán optar por un apoyo de doctorado.

 

En las Universidades Tecnológicas.

Los/as profesores/as de tiempo completo, preferentemente, sólo podrán solicitar apoyo para realizar estudios de especialidad tecnológica o maestría en áreas disciplinares que se impartan en la institución (excepcionalmente se podrán dar apoyos para estudios doctorales ya que éstos estarán sujetos al grado de desarrollo de sus Líneas Innovadoras de Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico y a los planes de trabajo de los cuerpos académicos constituidos a los/as profesores/as interesados/as que lleven al menos cinco años laborando en su plaza actual con el grado de maestría) y haber sido contratados/as antes del 31 de diciembre de 2005 con excepción de las universidades tecnológicas creadas con fecha posterior a ésta, en cuyo caso se verá de manera particular.

 

En las Universidades Politécnicas.

Los/as profesores/as de tiempo completo, preferentemente, podrán solicitar apoyo para realizar estudios de doctorado y deberán haber sido contratados/as con grado de maestría antes del 31 de diciembre de 2005 o bien aquellos que lleven al menos un año laborando en su plaza actual con el grado de maestría con excepción de las Universidades Politécnicas creadas con fecha posterior a ésta, en cuyo caso se verá de manera particular.

 

En los Institutos Tecnológicos.

Los/as profesores/as de tiempo completo que hayan sido contratados/as antes del 31 de diciembre de 2004 podrán optar por un apoyo para realizar estudios de maestría o de doctorado. Los/as profesores/as contratados/as con el nombramiento de tiempo completo, preferentemente, que aún no cuenten con el grado de doctorado, y que lleven al menos un año laborando en su plaza actual con el grado de maestría podrán optar por un apoyo de doctorado.

 

En las Escuelas Normales Públicas.

Los/as profesores/as de tiempo completo, preferentemente, que hayan sido contratados antes del 1 de enero de 2005 con licenciatura, sólo podrán solicitar apoyo para realizar estudios de maestría y doctorado en educación (excepcionalmente se darán apoyos para estudios en otras disciplinas, lo que estará sujeto al grado de desarrollo de sus Líneas de Generación y Aplicación del Conocimiento). Los profesores con nombramiento de tiempo completo, que aún no cuenten con el grado de doctor, y que lleven al menos un año laborando en su plaza actual con el grado de maestría podrán optar por un apoyo de doctorado.

 

En las Universidades Interculturales.

Los/as profesores/as de tiempo completo que hayan sido contratados/as antes del 31 de diciembre de 2008 podrán optar por un apoyo para realizar estudios de maestría o de doctorado. Los/as profesores/as contratados/as con el nombramiento de tiempo completo, preferentemente, que aún no cuenten con el grado de doctorado, y que lleven al menos un año laborando en su plaza actual con el grado de maestría podrán optar por un apoyo de doctorado.

 

II. SOBRE LOS APOYOS

II.1. Los apoyos de posgrado se otorgan en las siguientes modalidades:

  1. Doctorados y maestrías convencionales.

  2. Programas con estancia reducida de doctorado o maestría.

  3. Apoyos para redacción de tesis de doctorado o de maestría.

  4. Especialidades médicas con orientación clínica en el área de la salud.

  5. Especialidades tecnológicas (Únicamente Universidades Tecnológicas)

 

II.2. Los conceptos, montos y periodo de cada modalidad de apoyo se detallan en la normativa del Programa disponible en la página electrónica http://www.dgesu.ses.sep.gob.mx/PRODEP.Htm. El Programa no está en posibilidades de apoyar conceptos fuera de los que se detallan en la normativa vigente.

 

III. PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD Y EVALUACIÓN

III.1. Los términos de la presente convocatoria se basan en las Reglas de Operación vigentes publicadas en el Diario Oficial de la Federación y en los Lineamientos del Programa.

III.2. Los formatos de solicitud para participar en ésta y en todas las convocatorias de carácter individual emitidas por Programa se encuentran disponibles en las páginas https://promepca.sep.gob.mx/solicitudesv3 y https://promep.sep.gob.mx/solicitudesv3. El/la candidato/a deberá llenar su solicitud en formato electrónico. Excepcionalmente, el Programa apoyará la implementación y/o desarrollo de programas de posgrado especiales.

III.3. La fecha de apertura para el llenado de las solicitudes en línea será el 1 de febrero de 2020, mientras que la fecha de cierre del sistema será el 3 de marzo del presente.

III.4. La IPES por conducto del RIP y de acuerdo al calendario de recepción de solicitudes, entregarán en las oficinas de Programa el oficio de presentación de las solicitudes y una relación de éstas acompañadas de los documentos que se mencionan en la normativa vigente.

III.5. El otorgamiento de los apoyos estará en función del presupuesto aprobado.

III.6. El Programa informará a las instituciones sobre los dictámenes a las solicitudes 90 días naturales después del cierre de la semana de recepción correspondiente. En caso de rechazo se indicarán las razones.

III.7. En caso de que se presenten impugnaciones a las notificaciones señaladas en el punto anterior, éstas deberán presentarse a la DSA dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de notificación de los resultados a la institución y se atenderán conforme a lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo para dicho recurso y conforme al diagrama establecido en las Reglas de Operación vigentes.

III.8. Los aspectos no contemplados en esta convocatoria serán resueltos por el Programa de conformidad con lo estipulado en la normativa vigente.

 

Esta Convocatoria entrará en vigor al día siguiente de la publicación de las RO en el DOF.

Nota: para la convocatoria 2020 (Solo aplica para las IES adscritas a la DGESU) se otorgarán apoyos para estudios de posgrado en su modalidad para la redacción de tesis en función de la disponibilidad presupuestaria, otras modalidades solo si la institución cuenta con recursos en su fideicomiso o cuenta específica, para los demás subsistemas de educación superior quedará a resolución en base a la disponibilidad presupuestaria.

 

"Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".

 

Apoyo a la reincorporación de exbecarios/as PROMEP

El objetivo principal del Programa para el Desarrollo Profesional Docente para el tipo Superior, es profesionalizar a los/as profesores/as de tiempo completo para que alcancen las capacidades de investigación-docencia, desarrollo tecnológico e innovación y, con responsabilidad social, se articulen y consoliden en cuerpos académicos y con ello generen una nueva comunidad académica capaz de transformar su entorno. Para alcanzar este objetivo la SEP, a través de la SES, ha emprendido en el marco del Programa varias acciones enfocadas a promover a que se integren los/as profesores/as de tiempo completo en CA y con ello sustentar la formación de profesionales de buena calidad, responsables y competitivos.

La SEP, a través de la SES, convoca a las IPES participantes del Programa a presentar solicitudes para que los/as exbecarios/as PROMEP, al reincorporarse a su institución cuenten con las condiciones básicas de trabajo que faciliten el cumplimiento eficaz de sus funciones académicas, así como apoyar el desarrollo y/o la consolidación del CA al que pertenecen conforme a las siguientes:

 

BASES

I. CARACTERÍSTICAS DE LOS/LAS PROFESORES/AS

I.1. Los/las profesores/as exbecarios/as PROMEP de tiempo completo que presenten su solicitud y que cumplan con los siguientes requisitos:

  1. Haber obtenido oportunamente el grado académico para el cual fue apoyado por el Programa dentro del plazo aprobado originalmente, o bien,

  2. Haber agotado el plazo aprobado originalmente para obtener el grado académico para el cual fue apoyado por el Programa y posteriormente haber solicitado una prórroga bajo los siguientes términos:

  • Para estudios completos: seis meses para maestría y un año para doctorado,

  • Para un apoyo para redacción de tesis: tres meses para maestría y seis meses para doctorado, y

  • Para quienes hubieren disfrutado de un apoyo para estudios de especialidad tecnológica: al periodo originalmente aprobado tres meses más al tiempo establecido por el programa de estudios

c. Haberse reincorporado a su institución de adscripción a partir del 1 de marzo del año inmediato anterior a la publicación de esta convocatoria.

 

II. SOBRE LOS APOYOS

II.1. Los apoyos para la reincorporación de exbecarios PROMEP podrán ser de tres tipos conforme lo establecen las RO en el numeral 3.4 Características de los apoyos (tipo y monto):

a. Apoyo para elementos individuales de trabajo básicos para la labor académica.

b. Apoyo de fomento a la permanencia institucional, el cual se rige por las siguientes condiciones:

I. Se otorga una sola vez y por un plazo máximo de un año a los/as profesores/as que al momento de presentar su solicitud demuestren tener actividades de docencia, tutoría, dirección individualizada y gestión académica a partir de su fecha de incorporación o reincorporación a la institución lo cual deberá estar capturado en el SISUP.

II. Se suspenderá cuando el/la profesor/a califique, por reglamento interno de su IPES de adscripción, para concursar por la cuota compensatoria de ESDEPED o su equivalente.

III. Los/las nuevos/as PTC o exbecarios/as PROMEP que se encuentren dentro del programa institucional de cuota compensatoria de ESDEPED o su equivalente no podrán beneficiarse de este apoyo por parte del Programa.

c. Fomento a la generación o aplicación innovadora del conocimiento o fomento a la investigación aplicada o desarrollo tecnológico se otorga sólo a los/as profesores/as con grado de doctorado de las UPE, UPEA, Instituciones Federales Públicas de Educación Superior, UPT, IT, ITD, escuelas normales públicas o UIC y a los/as profesores/as con grado de doctorado o de maestría o especialidad tecnológica de las UT que de manera obligatoria presentan un proyecto de investigación. En el caso de que el proyecto de fomento a la generación o aplicación innovadora del conocimiento o de fomento a la investigación aplicada o desarrollo tecnológico no se apruebe durante el proceso de evaluación, ninguno de los rubros solicitados por el nuevo PTC o exbecario PROMEP se apoyará.

 

Las condiciones de apoyo para estos proyectos son:

  1. El proyecto presentado por el nuevo PTC o exbecario PROMEP y del cual será responsable debe ajustarse al contenido y formato que se especifica en el SISUP. En caso de los proyectos de ciencia aplicada se dará prioridad a los que se encuentren enmarcados en los ejes temáticos de los Programas Nacionales Estratégicos (PRONACES) del CONACYT.

  2. Se apoya por un año para cubrir los siguientes rubros:

  3. Adquisición de materiales y consumibles;

  4. Adquisición de equipo de cómputo especializado o de laboratorio y experimentación;

  5. Gastos de trabajo de campo para el responsable del proyecto;

  6. Asistencia del responsable del proyecto a reuniones académicas de nivel nacional o internacional para la presentación de trabajos o estancias cortas del responsable del proyecto en instituciones de alto nivel para realizar actividades relacionadas con el proyecto. El monto dedicado entre estos dos rubros no debe exceder de $35,000.00 (Treinta y cinco mil pesos 00/100 M.N.) para los/las profesores/as con grado de doctor y de $30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N.) para los/las profesores/as con el grado de maestría o especialidad tecnológica.

  7. Los recursos de este apoyo no podrán utilizarse para cubrir gastos de publicación de libros o artículos ni para el pago de salarios u honorarios o servicios para la realización de las actividades del proyecto.

  8. Los/as profesores/as beneficiados/as en convocatorias anteriores de Apoyo a la incorporación de nuevos/as profesores/as de tiempo completo con el grado de maestría y que no hayan recibido el apoyo del fomento a la generación o aplicación innovadora del conocimiento o fomento a la investigación aplicada o desarrollo tecnológico que hayan concluido en tiempo y forma con el compromiso establecido con el Programa y que hayan obtenido el doctorado dentro de los tres años anteriores a la presentación de la solicitud, podrán concursar por este apoyo.

 

Los montos asignados a cada uno de los apoyos antes referidos serán los señalados en el en el numeral 3.4 Características de los apoyos (tipo y monto) para el tipo superior y se asignarán una vez que se valoren los elementos antes señalados.

 

II.2. Las características de los/as aspirantes según grado académico, conceptos, montos y periodo de cada rubro se detallan en la normativa disponible en http://www.dgesu.ses.sep.gob.mx/PRODEP.htm.

 

III. PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD Y EVALUACIÓN

III.1. Los términos de la presente convocatoria se basan en la normativa vigente.

III.2. Los formatos de solicitud para participar en ésta y en todas las convocatorias de carácter individual emitidas por el Programa se encuentran disponibles en las páginas https://promepca.sep.gob.mx/solicitudesv3 y https://promep.sep.gob.mx/solicitudesv3. El/La candidato/a deberá llenar su solicitud completa en formato electrónico.

III.3. La fecha de apertura para el llenado de las solicitudes en línea será el 1 de febrero de 2020, mientras que la fecha de cierre del sistema será el 3 de marzo del presente.

III.4. La IPES por conducto del RIP entregarán en las oficinas del Programa el oficio de presentación de las solicitudes y una relación de éstas acompañadas de los documentos que se mencionan en la normativa vigente.

III.5. El otorgamiento de los apoyos estará en función del presupuesto aprobado.

III.6. El Programa informará a las instituciones sobre los dictámenes a las solicitudes 90 días naturales después del cierre de la semana de recepción correspondiente. En caso de rechazo se indicarán las razones.

III.7. La evaluación y selección de los/as beneficiarios/as se hará con el apoyo de comités de pares, de las áreas del conocimiento de los concursantes, convocados para tal efecto por la SES. Los/as expertos/as integrantes de los comités de pares serán seleccionados/as preferentemente entre los académicos de alto nivel y con probada experiencia en evaluación del SNI, de la Secretaría de Cultura y del CONACYT.

III.8. En caso de que se presenten impugnaciones a las notificaciones señaladas en el punto anterior, éstas deberán presentarse a la DSA dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de notificación de los resultados a la institución y se atenderán conforme a lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo para dicho recurso y conforme a lo establecido en la normativa vigente.

III.9. Los aspectos no contemplados en esta convocatoria serán resueltos por el Programa de conformidad con lo estipulado en la normativa vigente.

 

Esta Convocatoria entrará en vigor al día siguiente de la publicación de las RO en el DOF.

"Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".

Reconocimiento a Profesores de Tiempo Completo con Perfil Deseable.

El objetivo principal del Programa para el Desarrollo Profesional Docente, para el tipo Superior, es profesionalizar a los/as profesores/as de tiempo completo para que alcancen las capacidades de investigación-docencia, desarrollo tecnológico e innovación y, con responsabilidad social, se articulen y consoliden en cuerpos académicos y con ello generen una nueva comunidad académica capaz de transformar su entorno. Para alcanzar este objetivo la SEP, a través de la SES ha emprendido en el marco del Programa varias acciones enfocadas a promover que los/as profesores/as de tiempo completo se integren en CA y con ello sustentar la formación de profesionales de buena calidad, responsables y competitivos.

La SEP, a través de la SES, convoca a los/as profesores/as de las IPES adscritas al Programa que realizan actividades académicas de docencia, generación o aplicación innovadora de conocimiento, gestión académica-vinculación y tutorías a presentar solicitudes conforme a las siguientes:

 

BASES

I. CARACTERÍSTICAS DE LOS/AS PROFESORES/AS

El reconocimiento al perfil deseable lo otorga la SES a través del Programa a los/las profesores/as de tiempo completo que cumplen satisfactoriamente las funciones universitarias y dan evidencia de ello por lo menos en los tres últimos años. Se refiere al/la profesor/a que, de acuerdo con las características y orientación de cada subsistema, posee un nivel de habilitación académica y/o tecnológica superior al de los programas educativos que imparte, cuenta con el grado académico preferente o mínimo y realiza de forma equilibrada actividades de docencia; generación o aplicación innovadora de conocimientos, investigación aplicada o desarrollo tecnológico, asimilación, desarrollo y transferencia de tecnologías o investigación educativa innovadora; y tutorías y gestión académica-vinculación.

 

II. SOBRE EL APOYO

Para estar en posibilidad de solicitar el reconocimiento al perfil deseable el profesor/a debe cumplir con los requisitos que se indican en la normativa vigente, disponible en http://www.dgesu.ses.sep.gob.mx/PRODEP.htm

 

 

III. SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE LAS SOLICITUDES Y SU EVALUACIÓN

III.1. Los términos de esta convocatoria se basan en la normativa vigente.

III.2. Los formatos de solicitud para participar en ésta y en todas las convocatorias emitidas por el Programa se encuentran en https://promepca.sep.gob.mx/solicitudesv3 y https://promep.sep.gob.mx/solicitudesv3. Deberán llenarse en línea y no habrá ningún otro medio para participar.

llI.3. La fecha de apertura para el llenado de las solicitudes será el 1 de febrero y la de cierre el 3 de marzo de 2020.

III.4. Siendo un sistema electrónico no hay posibilidad alguna de recibir información adicional a la registrada en el sistema o solicitudes extemporáneas.

III.5. Es responsabilidad de las instituciones integrar y conservar el expediente de los/as profesores/as solicitantes, el cual deberá contener los comprobantes fehacientes de cada una de las actividades registradas en la solicitud.

III.6. La IPES, por conducto del RIP y de acuerdo al calendario de recepción de solicitudes, entregará en las oficinas del Programa la siguiente documentación:

  1. Oficio de presentación de las solicitudes y una relación de éstas en orden alfabético.

  2. Las fichas de recepción que emite el sistema, debidamente firmadas por el profesor/a solicitante y por el RIP (original).

  3. Para los/las profesores/as cuyo máximo grado académico obtenido es en alguna especialidad médica no reconocida por la CIFRHS o realizada en el extranjero, se requiere presentar copia fotostática del comprobante de grado.

  4. Para los/las profesores/as de Universidades Tecnológicas cuyo máximo grado académico obtenido es especialidad tecnológica, se requiere presentar copia fotostática del comprobante de grado.

 

III.7. La evaluación y selección de los/as beneficiarios/as se hará con el apoyo de comités de pares, de las áreas del conocimiento de los concursantes, convocados para tal efecto por la SES. Los/as expertos/as integrantes de los comités de pares serán seleccionados/as preferentemente entre los/as académicos/as de alto nivel y con probada experiencia en evaluación del SNI, de la Secretaría de Cultura y del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT).

III.8. Los comités de pares evalúan que los/as profesores/as solicitantes desarrollen de manera equilibrada las funciones de docencia, generación o aplicación innovadora del conocimiento, tutelaje al estudiantado y gestión académica-vinculación. Realizada la evaluación se emite un dictamen escrito.

III.9. El Programa informará a las instituciones sobre los dictámenes de las solicitudes 90 días naturales después del cierre de la semana de recepción correspondiente. Cuando el dictamen resulte aprobado, el Programa otorgará el reconocimiento al perfil deseable, el cual tendrá una duración de tres o seis años contados a partir de la fecha registrada en la Carta de Liberación emitida por el Programa. Cabe mencionar que para los PTC que renuevan el Reconocimiento al Perfil Deseable la vigencia anterior se considerará activa hasta que el PRODEP les notifique los resultados obtenidos en la convocatoria.

III.10. Cuando el dictamen resulte no aprobado, se indicarán los motivos al profesor/a solicitante a través del "Acuse de resultados".

III.11. En caso de que se presenten impugnaciones a las notificaciones señaladas en el punto anterior, éstas deberán presentarse a la DSA dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de notificación de los resultados a la institución y se atenderán conforme a lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo para dicho recurso y conforme a lo establecido en la normativa vigente.

III.12. Los aspectos no contemplados en esta Convocatoria serán resueltos por el Programa de conformidad con lo estipulado en la normativa vigente.

 

Esta Convocatoria entrará en vigor al día siguiente de la publicación de las RO en el DOF.

"Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".

Apoyo a la incorporación de nuevos/as profesores/as de tiempo completo

El objetivo principal del Programa para el Desarrollo Profesional Docente para el tipo Superior es profesionalizar a los/as profesores de tiempo completo alcanzar las capacidades de investigación-docencia, desarrollo tecnológico e innovación y, con responsabilidad social, se articulen y consoliden en cuerpos académicos y con ello generen una nueva comunidad académica capaz de transformar su entorno. Para alcanzar este objetivo la SEP, a través de la SES, ha emprendido en el marco del Programa varias acciones enfocadas a promover a que se integren los/as profesores/as de tiempo completo en CA y con ello sustentar la formación de profesionales de buena calidad, responsables y competitivos.

La SEP, a través de la SES, convoca a las IPES participantes del Programa a presentar solicitudes para que los/as nuevos/as profesores/as de tiempo completo, al incorporarse a su institución cuenten con las condiciones básicas de trabajo que faciliten el cumplimiento eficaz de sus funciones académicas, así como apoyar el desarrollo y/o la consolidación del cuerpo académico al que pertenecen conforme a las siguientes:

 

BASES

I. CARACTERÍSTICAS DE LOS/AS PROFESORES/AS

En las Universidades Públicas Estatales, de Apoyo Solidario y Federales.

Los/las profesores/as contratados/as por primera vez con el tiempo completo independientemente de la categoría o nivel a partir del 1 de marzo del año inmediato anterior a la publicación de esta convocatoria, que al momento de su contratación cuenten con el grado de doctorado y que no hayan participado dentro de esta convocatoria dentro de la misma institución.

 

En las Universidades Politécnicas, Institutos Tecnológicos, Escuelas Normales Públicas y Universidades Interculturales.

Los/as profesores/as contratados/as por primera vez con el tiempo completo independientemente de la categoría o nivel a partir del 1 de marzo del año inmediato anterior a la publicación de esta convocatoria, que al momento de su contratación cuenten con el grado de doctorado y que no hayan participado dentro de esta convocatoria dentro de la misma institución.

 

En las Universidades Tecnológicas.

Los/as profesores/as contratados/as con la categoría de tiempo completo contratados/as a partir del 1 de marzo de año inmediato anterior a la publicación de esta convocatoria con especialidad tecnológica, con el grado de maestría y excepcionalmente con el grado de doctorado.

 

II. SOBRE LOS APOYOS

II.1. Los apoyos para la incorporación de nuevos/as profesores/as de tiempo completo podrán ser de tres tipos:

a) Apoyo para elementos individuales de trabajo básicos para la labor académica sus especificaciones se pueden observar en la dirección electrónica http://www.dgesu.ses.sep.gob.mx/PRODEP.

b) Apoyo de fomento a la permanencia institucional, se rige por las siguientes condiciones:

I. Se otorga una sola vez y por un plazo máximo de un año a los/as profesores/as que al momento de presentar su solicitud demuestren tener actividades de docencia, tutoría, dirección individualizada y gestión académica a partir de su fecha de incorporación o reincorporación a la institución lo cual deberá estar capturado en el SISUP.

II. Se suspenderá cuando el/la profesor/a califique, por reglamento interno de su IPES de adscripción, para concursar por la cuota compensatoria de ESDEPED o su equivalente.

III.Los/las nuevos/as PTC o exbecarios/as PROMEP que se encuentren dentro del programa institucional de cuota compensatoria de ESDEPED o su equivalente no podrán beneficiarse de este apoyo por parte del Programa.

c) Fomento a la generación o aplicación innovadora del conocimiento o fomento a la investigación aplicada o desarrollo tecnológico se otorga sólo a los/as profesores/as con grado de doctorado de las UPE, UPEA,

 

Instituciones Federales Públicas de Educación Superior, UPT, IT, ITD, escuelas normales públicas o UIC y a los/as profesores/as con grado de doctorado o de maestría o especialidad tecnológica de las UT que de manera obligatoria presentan un proyecto de investigación. En el caso de que el proyecto de fomento a la generación o aplicación innovadora del conocimiento o de fomento a la investigación aplicada o desarrollo tecnológico no se apruebe durante el proceso de evaluación, ninguno de los rubros solicitados por el nuevo PTC o exbecario PROMEP se apoyará.

 

Las condiciones de apoyo para estos proyectos son:

  1. El proyecto presentado por el nuevo PTC o exbecario PROMEP y del cual será responsable debe ajustarse al contenido y formato que se especifica en el SISUP. En caso de los proyectos de ciencia aplicada se dará prioridad a los que se encuentren enmarcados en los ejes temáticos de los Programas Nacionales Estratégicos (PRONACES) del CONACYT.

  2. Se apoya por un año para cubrir los siguientes rubros:

  3. Adquisición de materiales y consumibles;

  4. Adquisición de equipo de cómputo especializado o de laboratorio y experimentación;

  5. Gastos de trabajo de campo para el responsable del proyecto;

  6. Asistencia del responsable del proyecto a reuniones académicas de nivel nacional o internacional para la presentación de trabajos o estancias cortas del responsable del proyecto en instituciones de alto nivel para realizar actividades relacionadas con el proyecto. El monto dedicado entre estos dos rubros no debe exceder de $35,000.00 (Treinta y cinco mil pesos 00/100 M.N.) para los/las profesores/as con grado de doctor y de $30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N.) para los/las profesores/as con el grado de maestría o especialidad tecnológica.

  7. Los recursos de este apoyo no podrán utilizarse para cubrir gastos de publicación de libros o artículos, ni para el pago de salarios u honorarios o servicios para la realización de las actividades del proyecto.

  8. Los/as profesores/as beneficiados/as en convocatorias anteriores de Apoyo a la incorporación de nuevos/as profesores/as de tiempo completo con el grado de maestría y que no hayan recibido el apoyo del fomento a la generación o aplicación innovadora del conocimiento o fomento a la investigación aplicada o desarrollo tecnológico que hayan concluido en tiempo y forma con el compromiso establecido con el Programa y que hayan obtenido el doctorado dentro de los tres años anteriores a la presentación de la solicitud, podrán concursar por este apoyo.

 

Los montos asignados a cada uno de los apoyos antes referidos serán los señalados en el en el numeral 3.4 Características de los apoyos (tipo y monto) para el tipo superior y se asignarán una vez que se valoren los elementos antes señalados.

II.2. Las características de los/as aspirantes según grado académico, conceptos, montos y periodo de cada rubro se detallan en la normativa disponible en http://www.dgesu.ses.sep.gob.mx/PRODEP.htm

 

III. PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD Y EVALUACIÓN

III.1. Los términos de la presente convocatoria se basan en la normativa vigente.

III.2. Los formatos de solicitud para participar en ésta y en todas las convocatorias de carácter individual emitidas por Programa se encuentran disponibles en las páginas https://promepca.sep.gob.mx/solicitudesv3 y https://promep.sep.gob.mx/solicitudesv3. El candidato deberá llenar su solicitud en formato electrónico.

III.3. La fecha de apertura para el llenado de las solicitudes en línea será el 1 de febrero de 2020, mientras que la fecha de cierre del sistema será el 3 de marzo del presente.

III.4. La IPES por conducto del RIP entregarán en las oficinas del Programa el oficio de presentación de las solicitudes y una relación de éstas acompañadas de los documentos que se mencionan en la normativa vigente.

III.5. El otorgamiento de los apoyos estará en función del presupuesto aprobado.

III.6. El Programa informará a las instituciones sobre los dictámenes a las solicitudes 90 días naturales después del cierre de la semana de recepción correspondiente. En caso de rechazo se indicarán las razones.

III.7. La evaluación y selección de los/as beneficiarios/as se hará con el apoyo de comités de pares, de las áreas del conocimiento de los concursantes, convocados para tal efecto por la SES. Los/as expertos/as integrantes de los comités de pares serán seleccionados/as preferentemente entre los académicos de alto nivel y con probada experiencia en evaluación del SNI, de la Secretaría de Cultura y del CONACYT.

III.8. En caso de que se presenten impugnaciones a las notificaciones señaladas en el punto anterior, éstas deberán presentarse a la DSA dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de notificación de los resultados a la institución y se atenderán conforme a lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo para dicho recurso y conforme a lo establecido en la normativa vigente.

III.9. Los aspectos no contemplados en esta convocatoria serán resueltos por el Programa de conformidad con lo estipulado en la normativa vigente.

 

Esta Convocatoria entrará en vigor al día siguiente de la publicación de las Reglas de Operación en el Diario Oficial de la Federación.

Nota: Esta convocatoria solo podrá ser emitida en IPES que cuente con recursos suficientes en su fideicomiso o cuenta especifica.

"Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".

Apoyo para el fortalecimiento de los Cuerpos Académicos, la integración de redes temáticas de colaboración de cuerpos académicos, gastos de publicación y Apoyos posdoctorales.

El objetivo principal del Programa para el Desarrollo Profesional para el tipo Superior, es profesionalizar a los/as profesores/as de tiempo completo para que alcancen las capacidades de investigación-docencia, desarrollo tecnológico e innovación y, con responsabilidad social, se articulen y consoliden en cuerpos académicos y con ello generen una nueva comunidad académica capaz de transformar su entorno. Para alcanzar este objetivo la SEP, a través de la SES ha emprendido en el marco del Programa varias acciones enfocadas a promover que los profesores/as de tiempo completo se integren en CA y con ello sustentar la formación de profesionales de buena calidad, responsables y competitivos.

La SEP, a través de la SES, convoca a los CA de las IPES adscritas al Programa a presentar proyectos que fomenten su desarrollo y consolidación conforme a las siguientes:

BASES

I. SOBRE LAS CARACTERÍSTICAS DE LOS CUERPOS ACADÉMICOS

En las Universidades Públicas Estatales, de Apoyo Solidario y Federales.

Los CA son grupos de profesores/as de tiempo completo que comparten una o varias Líneas de Generación y Aplicación Innovadora del Conocimiento (LGAC) (investigación o estudio) en temas disciplinares o multidisciplinares y un conjunto de objetivos y metas académicos. Adicionalmente sus integrantes atienden Programas Educativos (PE) en varios niveles para el cumplimiento cabal de las funciones institucionales.

 

En las Universidades Politécnicas e Institutos Tecnológicos.

Los CA son grupos de profesores/as de tiempo completo que comparten una o varias Líneas Innovadoras de Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico (LIIADT), las cuales se orientan principalmente a la asimilación, transferencia y mejora de tecnologías existentes, y un conjunto de objetivos y metas académicas. Los CA trabajan en proyectos de investigación que atienden a necesidades concretas del sector productivo y participan en programas de asesoría y consultoría a dicho sector. Adicionalmente, los CA atienden los PE afines a su especialidad.

 

En las Universidades Tecnológicas.

Los CA son grupos de profesores/as de tiempo completo que comparten una o varias Líneas Innovadoras de Investigación Aplicada o Desarrollo Tecnológico (LIIADT), las cuales se orientan principalmente a la asimilación, desarrollo, transferencia y mejora de las tecnologías y procesos para apoyar al sector productivo y de servicios de una región en particular. Además, los Cuerpos Académicos atienden los PE de la institución y comparten objetivos y metas académicas comunes.

 

En las Escuelas Normales Públicas.

Los CA son grupos de profesores/as de tiempo completo que comparten una o varias Líneas de Generación o Aplicación Innovadora del Conocimiento (investigación o estudio), en temas disciplinares o multidisciplinares del ámbito educativo, con énfasis especial en la formación de docentes, así como un conjunto de objetivos y metas académicas comunes. Adicionalmente atienden programas educativos (PE) en uno o en varios tipos.

 

En las Universidades Interculturales.

Los CA son grupos de profesores/as de tiempo completo que comparten una o varias Líneas de Investigación, en temas disciplinares o multidisciplinares, en Lengua, Cultura y Desarrollo (LILCD) y un conjunto de objetivos y metas académicas comunes. Adicionalmente atienden PE que articulan la docencia, investigación, vinculación comunitaria, difusión y divulgación del conocimiento.

 

II. SOBRE LOS APOYOS

Los conceptos y montos para el Fortalecimiento de CAEF, la integración de Redes temáticas de colaboración de cuerpos académicos, RECREA y PROFIDES, Gastos de publicación y Apoyos posdoctorales se detallan en la normativa disponible en http://www.dgesu.ses.sep.gob.mx/PRODEP.htm. El Programa no está en posibilidades de apoyar conceptos fuera de los que se indican en la normativa vigente.

II.1. Para el Fortalecimiento se podrá otorgar a los CAEF registrados en el Programa un apoyo que les permita avanzar en la consolidación de las líneas de generación y aplicación innovadora del conocimiento, investigación aplicada y desarrollo tecnológico o líneas de investigación en lengua, cultura y desarrollo que cultivan o asegurar la consolidación de éstas a través de las siguientes acciones:

  1. Visitas científicas (estancias de profesores/as y estudiantes): Son estancias para que los/as integrantes del CA o los/as estudiantes involucrados/as en el proyecto realicen visitas a la sede de CA consolidados o grupos de investigación equivalentes con el propósito de llevar a cabo actividades que contribuyan al desarrollo de las líneas de investigación que cultivan los/as integrantes de los CA visitantes. La asistencia a eventos académicos como congresos, coloquios, etc., no se considera como una visita científica.

  2. Profesores/as visitantes: Son estancias de profesores/as provenientes de CA consolidados o grupos de investigación equivalentes que contribuyan al desarrollo de las líneas de investigación del CA anfitrión.

  3. Adquisición de materiales, consumibles y accesorios menores.

  4. Adquisición de Infraestructura Académica (Bienes muebles) para el trabajo de investigación.

  5. Apoyo para la formación de recursos humanos (apoyos para estudiantes que coadyuven al desarrollo de los proyectos de investigación de los CA y que, preferentemente, desarrollen su tesis y obtengan su título). Todos los proyectos deben incluir la participación de al menos un/a estudiante.

  6. Gastos de trabajo de campo.

  7. Apoyo para mantenimiento de seres vivos (bioterios).

  8. Asistencia a congresos (profesores integrantes de los CA y estudiantes participantes en el proyecto) para la presentación de trabajos que incidan en el desarrollo del proyecto y hasta por un máximo de $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) por Cuerpo Académico de las IPES adscritas al Programa.

 

II.1.1 Para participar por el apoyo de Fortalecimiento los CAEF deberán:

  1. Estar registrados en el Programa.

  2. Haber sido dictaminados con el grado de En Formación como resultado de la evaluación de cuerpos académicos en el ejercicio inmediato anterior.

  3. Ser notificados expresamente de esta posibilidad por el Programa.

  4. Elaborar un proyecto de investigación donde los/as integrantes evidencien el trabajo a realizar de manera complementaria para el desarrollo de las LGAC, LIIADT o LILCD que cultivan. En caso de los proyectos de ciencia aplicada se dará prioridad a los que se encuentren enmarcados en los ejes temáticos de los Programas Nacionales Estratégicos (PRONACES) del CONACYT.

 

II.2. Para la integración de Redes temáticas de colaboración de cuerpos académicos, RECREA y PROFIDES, se apoyará a los Cuerpos Académicos consolidados (CAC) y a los Cuerpos Académicos en Consolidación (CAEC) de las IPES participantes en el Programa, para que cuenten con recursos que les faciliten establecer o reforzar vínculos con cuerpos académicos consolidados o en consolidación del país o con grupos equivalentes del extranjero que cuenten con probada experiencia, con el fin de resolver problemáticas específicas de estudio, a nivel teórico o práctico a través de redes temáticas de generación de conocimiento, investigación aplicada y desarrollo tecnológico o en lengua, cultura y desarrollo a través de las siguientes acciones:

  1. Visitas científicas (estancias de profesores/as y estudiantes): Son estancias para realizar visitas que tengan por objeto llevar a cabo actividades que contribuyan al desarrollo de las líneas de investigación que cultivan los CA integrantes de la red. La asistencia a eventos académicos como congresos, coloquios, etc., no se considera como una visita científica.

  2. Profesores/as visitantes: Son estancias de profesores/as provenientes de los CA integrantes de la red o de otros CA consolidados o grupos de investigación equivalentes que contribuyan al desarrollo de las líneas de investigación de los CA integrantes de la red.

  3. Adquisición de materiales, consumibles y accesorios menores.

  4. Adquisición de Infraestructura Académica (Bienes muebles) para el trabajo de investigación.

  5. Apoyo para la formación de recursos humanos (Apoyos para estudiantes que coadyuven al desarrollo de los proyectos de investigación de los CA y que, preferentemente, desarrollen su tesis y obtengan su título). Todos los proyectos deben incluir la participación de al menos un estudiante.

  6. Gastos de trabajo de campo.

  7. Apoyo para mantenimiento de seres vivos (bioterios).

  8. Asistencia a eventos académicos nacionales e internacionales para la presentación de trabajos que incidan en el desarrollo del proyecto.

 

II.2.1. Para participar en una red los CA solicitantes deberán:

  1. Estar registrados ante el Programa.

  2. Constituir una red con tres CA como mínimo. Al menos dos deben ser de las IPES adscritas al Programa y el tercero puede ser ajeno, pero deberá reunir las características de un CAC.

  3. Elaborar un proyecto de investigación donde cada CA participante especifique el trabajo a realizar de manera complementaria para el desarrollo de la temática planteada. En caso de los proyectos de ciencia aplicada se dará prioridad a los que se encuentren enmarcados en los ejes temáticos de los Programas Nacionales Estratégicos (PRONACES) del CONACYT.

  4. Designar un cuerpo académico responsable de la red, quien deberá ser miembro de una de las IES adscritas al Programa.

 

lI.2.2. La integración de una red deberá perseguir alguno de los siguientes objetivos:

  1. Ampliar y complementar las líneas de generación y aplicación innovadora del conocimiento, investigación aplicada y desarrollo tecnológico o lengua, cultura y desarrollo que realizan los CA solicitantes.

  2. Fomentar la realización conjunta de proyectos de investigación o de estudio, investigación aplicada y desarrollo tecnológico o lengua, cultura y desarrollo, y la interacción de la investigación y el sector productivo a partir de la experiencia de los cuerpos académicos con la industria o la empresa.

  3. Propiciar la colaboración entre los CA para el desarrollo de soluciones a problemas de interés regional o nacional basados en la investigación o en el desarrollo tecnológico.

  4. Propiciar la movilidad de profesores/as y estudiantes.

 

II.3. Para la evaluación de las solicitudes de Fortalecimiento de los CAEF y de Integración de Redes temáticas de colaboración de cuerpos académicos, RECREA y PROFIDES se tomará en cuenta la precisión en la presentación del proyecto, mismo que deberá contener:

  1. Título.

  2. Descripción del problema a resolver. Antecedentes.

  3. Objetivo general y objetivos específicos que persigue el proyecto. Justificación y metodología.

  4. Resultados esperados a corto y mediano plazo.

  5. Infraestructura disponible para la realización del proyecto en la IPES de adscripción del o los CA.

  6. Cronograma de actividades (Indicando las actividades del CA donde se manifieste la colaboración entre los/as integrantes en el caso del fortalecimiento, o de cada uno de los CA participantes en el caso de las Redes temáticas de colaboración de cuerpos académicos).

  7. Presupuesto solicitado para la realización del proyecto sólo para un año.

 

II.4 PARA GASTOS DE PUBLICACIÓN

II.4.1. Se apoyará a los/as profesores/as de tiempo completo registrados en el FPI y a los CA en cualquier estado de desarrollo: En formación (CAEF), en consolidación (CAEC) y consolidados (CAC) de IPES participantes en el Programa, para cubrir los gastos de publicación del resultado de los proyectos derivados de las líneas de generación y aplicación innovadora del conocimiento, investigación aplicada y desarrollo tecnológico o lengua, cultura y desarrollo que cultivan.

II.4.2 Para participar en esta convocatoria los/as profesores/as de Tiempo Completo (PTC) y los CA deberán:

  1. Estar registrados ante el Programa como PTC o CA.

  2. Presentar la solicitud, el formato descargable del sistema debidamente requisitado, la carta de aceptación de la revista indizada en la que se publicará el artículo la cual debe indicar el costo de la publicación y copia del artículo que refleje el nombre y los autores. No se rembolsarán recursos por artículos publicados con anterioridad.

  3. Señalar el índice en el cual se encuentra registrada la revista.

  4. Si la publicación es de un CA, por lo menos dos integrantes deben figurar como autores/as.

 

II.5. PARA APOYOS POSDOCTORALES

II.5.1. El Programa otorgará apoyo a los cuerpos académicos consolidados y en consolidación de las IPES participantes en el Programa con el objeto de que incorporen a beneficiarios/as posdoctorales que se hayan graduado en otras instituciones o para que PTC integrantes del CAC o del CAEC con el grado de doctorado realicen una estancia corta de investigación buscando equilibrar la participación de mujeres y hombres.

II.5.2. La participación de beneficiarios/as posdoctorales en CA consolidados y en consolidación o PTC con grado de doctorado propicia líneas de generación de conocimiento, investigación aplicada o desarrollo tecnológico de frontera, así como la formación de nuevos/as profesores/as de carrera. Dicha participación deberá conducir a alcanzar los siguientes objetivos:

  1. Reforzar las líneas de generación de conocimiento, investigación aplicada o desarrollo tecnológico que cultivan y realizan los miembros del CA solicitante a través de las habilidades y conocimientos de frontera del beneficiario/a posdoctoral.

  2. Reforzar la habilitación del beneficiario/a posdoctoral en la generación y aplicación del conocimiento.

  3. Reforzar los programas educativos en los que participa el CA receptor mediante seminarios, conferencias y asesorías a alumnos/as de licenciatura y posgrado impartidos por el/la beneficiario/a posdoctoral.

  4. Capacitar al/la beneficiario/a posdoctoral en materia de docencia, tutoría de estudiantes y gestión académica.

 

II.5.3. El CA receptor deberá nombrar a uno de sus miembros como responsable de supervisar el proceso de selección del/de la beneficiario/a posdoctoral y el desempeño de éste/a.

II.5.4. Los criterios principales que serán aplicados para la evaluación de las candidaturas presentadas por los cuerpos académicos son:

  1. El CA solicitante deberá estar consolidado o en consolidación y debidamente reconocido por el Programa

  2. Que el/la beneficiario/a posdoctoral o el/la PTC con grado de doctorado cumpla con todo lo establecido en la normativa vigente.

  3. La calidad y pertinencia del proyecto de generación y/o aplicación innovadora del conocimiento en que vaya a participar el/la beneficiario/a posdoctoral o el/la PTC con grado de doctorado. En caso de los proyectos de ciencia aplicada se dará prioridad a los que se encuentren enmarcados en los ejes temáticos de los Programas Nacionales Estratégicos (PRONACES) del CONACYT.

  4. La relevancia del proyecto respecto a las líneas cultivadas por el CA solicitante y que le permita mantener su grado de consolidación.

  5. La existencia en la DES o unidad académica de la infraestructura necesaria para el desarrollo del proyecto.

  6. La factibilidad y rigor de los mecanismos propuestos por el CA solicitante para identificar y seleccionar al/a la beneficiario/a posdoctoral.

 

II.5.5. El CA interesado deberá postular al/a la candidato/a ante la DSA mediante un proyecto de investigación y docencia, en el que señale con claridad la participación del/de la posdoctorante o el/la PTC con grado de doctorado y la fecha de inicio del proyecto. El proyecto deberá estar firmado por el/la posdoctorante y su supervisor posdoctoral, o bien presentar la carta de invitación.

II.5.6. Los/as candidatos/as a apoyo posdoctoral deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Haber obtenido el grado de doctorado dentro de los dos años anteriores a la fecha de su postulación, en una institución diferente a la IES donde realizará el posdoctorado.

  2. Haber obtenido el doctorado en una disciplina y especialidad congruentes con el proyecto a desarrollar en el CA receptor.

  3. Haber publicado o tener al menos aceptado para su publicación un trabajo de generación y aplicación del conocimiento, en una revista indizada en el Índice de Revistas Mexicanas de Investigación Científica y Tecnológica del CONACYT, la base de datos SCOPUS y el Journal Citation Reports (JCR), durante los últimos tres años.

  4. Sólo se podrá otorgar un apoyo de este tipo al año por CAC o CAEC.

  5. No se otorgará este apoyo a los/las beneficiarios/as de estancias posdoctorales o sabáticas de CONACYT o a profesores contratados por la IES receptora u otra IES que no presenten la descarga académica correspondiente

  6. Se apoya por un año para cubrir los siguientes rubros:

-Cuota de instalación para gastos de viáticos y servicios de arrendamiento generados por el traslado del posdoctorante a la IES receptora y;

-Cuota mensual.

 

Los/las PTC candidatos/as a realizar una estancia corta de investigación deberán:

  1. Presentar la carta de invitación a un centro de investigación diferente a la institución a la que obtuvo el grado de doctorado y para realizar actividades acordes con las líneas de investigación del CA.

  2. Presentar un proyecto de investigación en coordinación con la institución receptora.

  3. Haber publicado o tener al menos aceptado para su publicación un trabajo de generación y aplicación del conocimiento, en una revista indizada en el Índice de Revistas Mexicanas de Investigación Científica y Tecnológica del CONACYT, la base de datos SCOPUS y el Journal Citation Reports (JCR) durante el último año.

  4. Presentar carta de apoyo por parte de la IES de adscripción en la cual ésta se compromete a cubrir íntegramente el salario y las prestaciones del/de la profesor/a durante la vigencia de la estancia corta de investigación.

  5. Sólo se podrá otorgar un apoyo de este tipo al año por CAC o CAEC.

  6. Se apoya por un año para cubrir los siguientes rubros:

-Cuota de instalación para gastos de viáticos y servicios de arrendamiento generados por el traslado del posdoctorante a la IES receptora y;

-Cuota mensual.

 

III. SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE LAS SOLICITUDES Y SU EVALUACIÓN

III.1. Los términos de esta convocatoria se basan en la normativa vigente.

III.2. Los formatos de solicitud para participar en el fortalecimiento de los Cuerpos Académicos y la integración de Redes temáticas de colaboración de cuerpos académicos se encuentran en https://promepca.sep.gob.mx/solicitudesca. Deberán llenarse en línea y no habrá ningún otro medio para participar. Para los apoyos para Gastos de publicación y Apoyos posdoctorales se deberá descargar el formato correspondiente y enviarse a la DSA acompañado de la documentación que se señala para cada uno de ellos en la normativa vigente del Programa.

III.3. Los apoyos podrán solicitarse, para Gastos de publicación (todo el año), Apoyos posdoctorales y Estancias cortas de investigación (de enero a septiembre), mientras que la apertura y cierre del sistema de los apoyos para el Fortalecimiento de los Cuerpos Académicos y la integración de Redes temáticas de colaboración de cuerpos académicos será notificada expresamente por el Programa a las instituciones adscritas, dependiendo de la disponibilidad presupuestaria.

III.4. Para el caso del Fortalecimiento de los Cuerpos Académicos y la integración de Redes temáticas de colaboración de cuerpos académicos, la IPES por conducto del RIP y de acuerdo al calendario de recepción de solicitudes, entregará en las oficinas del Programa la siguiente documentación:

  1. Oficio de presentación de las solicitudes y una relación de los cuerpos académicos participantes.

  2. Las fichas de recepción o solicitudes que emite el sistema, debidamente firmadas por el Responsable del Cuerpo Académico y por el RIP (original).

 

III.5. La evaluación y selección de los/las CA beneficiarios/as se hará con el apoyo de comités de pares de las áreas del conocimiento de los Cuerpos Académicos, convocados para tal efecto por la SES. Los expertos integrantes de los comités de pares serán seleccionados preferentemente entre los académicos de alto nivel y con probada experiencia en evaluación del SNI, de la Secretaría de Cultura, del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT).

III.6. El Programa informará a las instituciones sobre los dictámenes de las solicitudes 90 días naturales después del cierre de la recepción correspondiente. Los apoyos se asignan dependiendo del resultado de la evaluación y en función de la disponibilidad presupuestaria.

III.7. En caso de que se presenten impugnaciones a las notificaciones señaladas en el punto anterior, éstas deberán presentarse a la DSA dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de notificación de los resultados a la institución y se atenderán conforme a lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo para dicho recurso y conforme a lo establecido en la normativa vigente.

III.8. Los aspectos no contemplados en esta Convocatoria serán resueltos por el Programa de conformidad con lo estipulado en la normativa vigente.

 

Esta Convocatoria entrará en vigor al día siguiente de la publicación de las RO en el DOF.

"Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".